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Comprender las Categorías de Preferencias Basadas en la Familia

Comprender las Categorías de Preferencias Basadas en la Familia

Date: Dic 16, 2022
In: Immigration

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Comprender las Categorías de Preferencias Basadas en la Familia

La inmigración en EE.UU. es muy compleja, pero el resultado puede cambiar la vida de las familias y brindarles abundantes oportunidades que de otro modo nunca habrían experimentado. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) supervisa la ley de inmigración que permite a determinados no ciudadanos con familiares que son residentes permanentes legales -lo que significa que se les ha expedido la tarjeta verde- o ciudadanos de este país convertirse en residentes permanentes legales, obteniendo su propia tarjeta verde y el derecho a trabajar en Estados Unidos.

Si usted tiene una preocupación de inmigración relacionados con las categorías de preferencia basada en la familia, necesita orientación legal profesional y no debe esperar para ponerse en contacto con un abogado de inmigración de California con experiencia.

Familiares Directos de Ciudadanos Estadounidenses

Si es usted familiar directo de un ciudadano estadounidense, la obtención del estatuto de residente legal permanente suele ser más rápida, pero no está garantizada. Para ser considerado familiar directo, debe cumplirse uno de los siguientes requisitos:

  • Es usted cónyuge de un ciudadano estadounidense.
  • Eres hijo soltero -que aún no ha cumplido 21 años- de un ciudadano estadounidense.
  • Eres el padre o la madre de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años.

Sin embargo, si usted no pertenece a este grupo de familiares directos, es posible que pueda optar a otro grupo de preferencia basado en la familia.

Grupos de Preferencia Familiares

Entre los grupos de preferencia adicionales para el estatuto de inmigrante que dan derecho a solicitar la tarjeta verde figuran los siguientes:

  • Grupo de primera preferencia (F1) – Es usted hija o hijo soltero de un ciudadano estadounidense y tiene al menos 21 años.
  • Grupo de segunda preferencia (F2) – Es usted cónyuge o hijo (que aún no ha cumplido 21 años) de un residente legal permanente en Estados Unidos.
  • Segundo grupo preferente (F2B) – Es usted hija o hijo soltero, mayor de 21 años, de un residente legal permanente en Estados Unidos.
  • Tercer grupo preferente (F3) – Es usted hijo o hija casado/a de un ciudadano estadounidense.
  • Cuarto grupo preferente (F4) – Es usted hermana o hermano de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años.

Aunque los grupos de preferencia son exigentes y el proceso es difícil, la obtención del estatuto de residente legal permanente ofrece el tipo de oportunidades que hacen que merezca la pena el esfuerzo.

Discuta Sus Opciones con un Abogado de Inmigración con Experiencia en California Hoy

Si su objetivo es obtener una tarjeta verde, usted reconoce los desafíos por delante, pero si usted tiene un familiar cercano que ya es un ciudadano o que tiene estatus de residente permanente legal, puede ayudar a sus posibilidades inmensamente. Los abogados de inmigración de California en Miranda, Magden y Miranda, LLP, comprender la importancia de la cuestión de la inmigración es para usted y tienen la visión jurídica aguda y experiencia para ayudar a guiar hábilmente su caso hacia su resultado óptimo.

Estamos de su lado y aquí para ayudarle, así que no dude en ponerse en contacto con nosotros para obtener más información sobre lo que podemos hacer por usted hoy mismo.

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