La ley de inmigración de EE.UU. permite a los ciudadanos estadounidenses patrocinar a sus padres para obtener la tarjeta verde, siempre que se cumplan ciertos requisitos que se comentan a continuación. Si los padres ya se encuentran en EE.UU. con algún otro visado o incluso sin ningún visado, pueden solicitar y obtener la tarjeta verde en virtud de lo que se conoce como «ajuste de estatus». Este es un proceso a través del cual una persona en los EE.UU. puede solicitar y obtener una tarjeta verde aquí sin tener que salir del país y completar el proceso de tarjeta verde fuera de los EE.UU. No todo el mundo califica para esto y es inadecuado para entrar en los Estados Unidos como no inmigrante con la intención de ajustar su estatus, así que por favor entienda las reglas antes de tomar decisiones importantes con sus padres. En Miranda, Magden y Miranda, LLP, tenemos abogados de inmigración de la familia en Salinas que habitualmente ayudan a los ciudadanos de EE.UU. obtener tarjetas verdes para sus padres.
La obtención de la tarjeta verde para uno de los progenitores comienza con la presentación por parte del ciudadano estadounidense de una Petición I-130 para Familiar Extranjero (I-130) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). El USCIS tarda aproximadamente de 5 a 12 meses en aprobar la Petición I-130 y, a continuación, la siguiente fase del proceso puede ser la tramitación consular fuera de Estados Unidos o, si el progenitor cumple los requisitos para el ajuste de estatus, esa solicitud puede enviarse junto con la petición y adjudicarse al mismo tiempo. La petición I-130 debe ir acompañada de pruebas suficientes que demuestren la existencia de la relación entre el progenitor y el ciudadano estadounidense.
Los requisitos adicionales que deben cumplirse son los siguientes:
Tenga en cuenta que debe tener al menos 21 años de edad para solicitar la ciudadanía estadounidense para sus padres. Si sus padres se encuentran en los EE.UU. y cumplen los requisitos para el ajuste de estatus, puede presentar su petición I-130 y su solicitud I-485 de registro de Residente Permanente o ajuste de estatus al mismo tiempo. Si usted está solicitando para ambos padres, usted debe presentar y I-130 y el Formulario I-485 para cada padre y pagar las tasas requeridas para cada uno. El Formulario I-130 y el Formulario I-485 se presentan en el centro de tramitación del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) de la zona donde usted vive.
Si sus padres están fuera de EE.UU., usted presentará primero el formulario I-130 ante el USCIS, que lo tramitará y aprobará antes de que sus padres puedan solicitar la tarjeta de residencia. En este caso, solicitarán la tarjeta de residencia bajo lo que se conoce como “tramitación consular”. Esto significa que solicitarán la tarjeta verde en la embajada de EE.UU. del país en el que viven o en el consulado de EE.UU. más cercano.
La tramitación consular comienza cuando el USCIS aprueba la petición I-130 y lo notifica al Centro Nacional de Visados (NVC), que a su vez lo notifica al progenitor del ciudadano estadounidense para que inicie la tramitación de su solicitud de permiso de residencia.
Si usted es un ciudadano de EE.UU. en el área de Salinas y desea patrocinar a su padre para una tarjeta verde, póngase en contacto con nosotros hoy y programar una cita para discutir cómo podemos ayudarle. La firma de Miranda, Magden y Miranda, LLP, puede ayudarle.
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